CONDICIONES DE GARANTÍA PARA MAQUINAS NUEVAS FABRICADAS O COMERCIALIZADAS POR ENRIQUE HOLKE, s.l.u.

  1. Enrique HOLKE, s.l.u., garantiza sus productos durante el tiempo y con las excepciones que más adelante se indican, contra los defectos de diseño, defecto de los materiales empleados, así como defectos en el proceso de fabricación que incidan en el correcto funcionamiento del producto.
  2. El período de garantía básica tendrá una duración inicial de 12 meses, aplicable a todas las maquinas nuevas fabricadas o comercializadas por Enrique HOLKE, s.l.u. desde la fecha de puesto en marcha de la máquina.
  3. Compete exclusivamente a Enrique HOLKE, s.l.u. el determinar si la reparación entra o no dentro del marco definido como garantía.
  4. Durante el período de garantía, Enrique HOLKE, s.l.u. llevará a cabo, previa identificación y diagnóstico, la reparación o sustitución del producto reconocido como defectuoso por Enrique HOLKE, s.l.u., sin que el CLIENTE tenga derecho a más indemnizaciones.
  5. La elección entre las opciones previstas en el párrafo anterior, corresponderá en exclusiva a Enrique HOLKE, s.l.u.
  6. La citada garantía cubre todos los gastos de materiales y mano de obra de reparación utilizados en subsanar anomalías de funcionamiento de los equipos. La reparación se realizará en las dependencias de Enrique HOLKE, s.l.u., salvo acuerdo previo entre Enrique HOLKE, s.l.u. y el CLIENTE en realizar la reparación en las instalaciones del CLIENTE o del usuario final.
  7. En los casos en los que la reparación se realice fuera de las dependencias de Enrique HOLKE, s.l.u. quedan excluidos todos los gastos relacionados con el diagnóstico y transporte, tales como mano de obra, gastos de desplazamiento, portes, etc. que se facturarán según tarifa de Enrique HOLKE, s.l.u.
  8. El producto defectuoso reemplazado en garantía, quedará a disposición de Enrique HOLKE, s.l.u.
  9. Enrique HOLKE, s.l.u. pone a disposición de sus clientes la ampliación de garantía estándar o y servicios de garantía integral, mediante los CONTRATOS DE SERVICIO según las necesidades del cliente.
  10. Quedan excluidos de esta garantía:
    1. Los elementos deteriorados por manejo negligente, contrario a las normas de seguridad o especificaciones técnicas del producto, vigilancia insuficiente, limpieza insuficiente y cualquier tipo de negligencia del CLIENTE.
    2. Los vicios y/o defectos provocados por un manejo, montaje y/o instalación defectuosa por parte del CLIENTE o por motivo de modificaciones o reparaciones llevadas a cabo sin el acuerdo de Enrique HOLKE, s.l.u.
    3. Las averías producidas por efecto de colisión, o golpe, de cualquier tipo.
    4. Las averías producidas por efecto de acumulación de virutas en cualquier parte de la máquina.
    5. Los defectos provocados por materiales, fluidos, energías o servicios utilizados por el CLIENTE.
    6. Las averías producidas por causas fortuitas o de fuerza mayor (fenómenos atmosféricos o geológicos) y siniestros o cualquier otro tipo de catástrofes naturales.
    7. Con carácter general, todo daño indirecto, consecuencias y/o daños colaterales.
    8. Daños ocasionados durante el transporte.
    9. Cualquier cuestión meramente estética.
  1. Toda solicitud de intervención durante el periodo de garantía debe ser comunicada a Enrique HOLKE, s.l.u. identificando el producto (Número de Serie), describiendo con detalle los síntomas observados, el motivo de la avería, si se conoce, y el alcance de la misma.
  2. Todo elemento sustituido en período de garantía queda garantizado hasta que se agote el periodo de garantía original del producto.
  3. La garantía ofrecida por Enrique HOLKE, s.l.u. quedará automáticamente anulada en caso de que el CLIENTE no cumpla los requisitos de instalación y operación, y las recomendaciones de mantenimiento preventivo y correctivo indicadas en los manuales del producto.
  4. Para la resolución de cualquier disputa que pueda existir entre las PARTES sobre la validez, interpretación, ejecución y/o resolución de la garantía, serán de aplicación las leyes y exclusivamente competentes los Juzgados y Tribunales de Donostia-San Sebastián, lugar del domicilio social de Enrique Holke, s.l.u.